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El estado de salud de “Pity” Álvarez: avalan su capacidad para ser juzgado pese a la oposición de un experto

Pese a que el reporte oficial indica que el artista posee facultades mentales estables para afrontar el proceso, el especialista de la defensa se opuso al dictamen al afirmar que el músico no presentaba lucidez.

Por Redacción
Cristian “Pity” Álvarez.
Cristian “Pity” Álvarez.

Las evaluaciones de salud interdisciplinarias practicadas al músico Cristian “Pity” Álvarez establecieron que está en condiciones de retomar el proceso judicial en el que se lo investiga por un cargo de asesinato.

Aunque el dictamen concluye que “no hay señales de una perturbación en sus facultades mentales”, un especialista designado por la defensa expresó su desacuerdo, argumentando que durante la revisión el sujeto “no estaba lúcido”.

El análisis se efectuó mientras avanza la causa por el crimen de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido el 12 de julio de 2018, cuando recibió cuatro disparos en el barrio Cardenal Samoré, situado en Villa Lugano. Para este examen, el exintegrante de Viejas Locas e Intoxicados fue movilizado desde el centro de salud mental Solar Colonial, en Castelar, hasta la sede del Cuerpo Médico Forense (CMF).

El informe concluyó que, bajo una perspectiva psicológico-psiquiátrica, las facultades mentales necesarias para entender y participar en el juicio se hallan estables tras revisar los datos examinados.

Los expertos indicaron que “en este momento no se observan indicios objetivos que evidencien una alteración psíquica que impida al procesado comprender el alcance del juicio o ejercer sus derechos correspondientes”.

Por otra parte, se aclaró que durante la entrevista se notó una respuesta “limitada y oscilante” por parte del músico, un factor que, si bien se tuvo en cuenta en la evaluación, no fue catalogado como una traba procesal definitiva ni determinante por sí sola.

Al ratificar el criterio de los exámenes previos efectuados en febrero, los especialistas confirmaron la capacidad del imputado para continuar, descartando que exista un trastorno mental actual de gravedad que obstaculice el desarrollo del proceso legal.

No obstante, en el documento final se aclaró que la aptitud para enfrentar el proceso debe ser evaluada considerando el desempeño funcional y la conducta del individuo de manera integral a lo largo del tiempo.

En ese sentido, recomendaron al Tribunal que aplique los mecanismos que considere pertinentes para asegurar el acompañamiento y la vigilancia del acusado durante su intervención en las audiencias, aunque sea bajo una modalidad virtual.

Tal como había anticipado su representación legal, la defensa incluyó la voz de sus propios peritos. Al pie del documento, se adjuntó una nota manuscrita donde uno de los profesionales manifestó: “Se suscribe en desacuerdo absoluto, ya que durante el estudio el examinado estaba vigil pero carente de lucidez, a diferencia de lo reportado por los peritos del Estado; por lo tanto, no se condice con un juicio normal”.

Asimismo, el especialista de la defensa sostuvo que existen “deficiencias en las funciones neurocognitivas” y ratificó la necesidad de que el músico continúe con una internación compulsiva debido a que representa un peligro para terceros y para sí mismo.

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