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San Luis

Procesaron a una pareja por falsear el estado de una propiedad que ya estaba habitada desde hace más de una década

Los compradores de una vivienda en el complejo 544 Viviendas formalizaron una escritura asegurando que la casa no tenía ocupantes, pese a que conocían que una mujer residía allí hace 15 años. Aunque el juez aceptó la imputación por falsedad ideológica, denegó las restricciones de libertad solicitadas por el Ministerio Público.

Por Redacción
La audiencia de formulación de cargos.
La audiencia de formulación de cargos.

La justicia de San Luis inició un proceso penal contra dos individuos acusados de falsedad ideológica tras la adquisición de una casa en el barrio 544 Viviendas. La parte acusadora sostiene que, al formalizar la escritura pública, los compradores declararon falsamente que la vivienda estaba desocupada, ignorando que una mujer vivía allí desde hace más de quince años.

La fiscal adjunta de Instrucción Nº 2, Ornella Costa, presentó los cargos contra Edith Capelloni y Raúl Collado, medida que fue respaldada por el juez de Garantías Nº 1, Juan Manuel Montiveros Chada. No obstante, el magistrado desestimó los pedidos de medidas restrictivas, como la prohibición de salir de la provincia y la asistencia periódica para firmar, argumentando que no se detectaron riesgos para el curso del proceso.

La acusación se centra en la escritura Nº 385, firmada el 4 de diciembre de 2023, la cual acredita la compraventa de un inmueble en la manzana 164 del mencionado barrio. En dicho documento, se asentó que los adquirentes recibían la posesión efectiva y que el sitio no tenía intrusos. Según la Fiscalía, este dato es mendaz, ya que la denunciante, Tránsita Gómez, habita la propiedad desde 2010 tras una cesión de derechos. La irregularidad salió a la luz a principios de 2024, cuando la ocupante recibió una factura de servicios a nombre de Collado.

Al declarar, Capelloni, quien es profesional del derecho, admitió que sabían de la presencia de una ocupante. Según su versión, la vendedora les aseguró que la propiedad había sido usurpada y que ella era la titular legítima; además, sostuvo que el escribano dio el visto bueno a la operación. La defensa de los imputados sugirió que podría tratarse de una estafa por parte de la vendedora y subrayó que el conflicto debería resolverse en el fuero civil y no en el penal, poniendo en duda la legitimidad de la posesión de la denunciante al tratarse de una vivienda social.

Finalmente, el juez Montiveros Chada permitió que avance la investigación penal para esclarecer la responsabilidad de los acusados y verificar si la información consignada en el documento público constituye efectivamente un delito. El magistrado enfatizó que la posible existencia de una doble venta es un aspecto que debe analizarse por separado, manteniendo, por ahora, a los imputados sin restricciones de movimiento mientras se profundiza la causa.

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