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ARCA posterga nuevamente el vencimiento para declarar el Impuesto a las Ganancias 2025 hasta finales de octubre

El ente recaudador oficializó una nueva extensión en el calendario tributario para la presentación de la declaración jurada correspondiente al impuesto.

Por Redacción
La presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025 se podrá hacer hasta el 30 de octubre de 2026.
La presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025 se podrá hacer hasta el 30 de octubre de 2026.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha resuelto postergar otra vez la fecha límite para cumplir con la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio 2025, estableciendo el nuevo plazo final para el 30 de octubre de 2026.

Esta disposición, formalizada este jueves a través de la Resolución General 5911/2026 difundida en el Boletín Oficial, se fundamenta en motivos de gestión tributaria orientados a simplificar el proceso para los sujetos obligados.

El Poder Ejecutivo señaló además que esta modificación responde a la implementación de la Ley de Inocencia Fiscal II, cuyas normativas influyen directamente sobre el cálculo del gravamen para el año fiscal 2025.

Esta decisión representa la cuarta ocasión en la que el organismo extiende el plazo durante el presente periodo. Anteriormente, la fecha tope original había pasado por sucesivos desplazamientos: del 27 de julio de 2026 se trasladó al 22 de septiembre, y posteriormente al 13 de octubre.

Es importante aclarar que la nueva prórroga para la presentación de la documentación no modifica el plazo para el pago, el cual debió efectuarse a fines de julio. De este modo, persiste la diferencia de plazos establecida en las instancias de postergación previas.

La norma especifica las nuevas condiciones para las personas humanas y las sucesiones indivisas, abarcando tanto el sistema general como el simplificado:

Para el envío de la declaración jurada del periodo 2025, el nuevo límite es el 30 de octubre de 2026.

La fecha para liquidar el saldo a pagar permanece inalterada y venció el 27 de julio de 2026.

Finalmente, el ente fiscal aclaró que no habrá más prórrogas para el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del periodo 2026, el cual ya había sido reprogramado en agosto pasado. Por consiguiente, dicho vencimiento para personas humanas y sucesiones indivisas operó el 24 de septiembre último. (NA)

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