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San Luis

Tras nueve años del crimen, el femicida de Carla Pereira obtuvo el beneficio de salidas transitorias

Nahir Nazareno Pérez, quien cumple una sentencia de 20 años por el asesinato cometido en 2017 en La Toma, podrá abandonar la cárcel cuatro horas al mes escoltado por personal penitenciario. La medida fue avalada por la Fiscalía tras informes psicológicos y psiquiátricos que indicaron una disminución de los factores de riesgo.

Por Redacción
Nahir Nazareno Pérez.
Nahir Nazareno Pérez.

A casi una década del femicidio de Carla Pereira en la localidad de La Toma, el sistema judicial puntano otorgó el beneficio de salidas temporales a Nahir Nazareno Pérez, quien purga una pena de dos décadas por haber matado a su pareja. La resolución le permite dejar la unidad carcelaria un día al mes, por un lapso de cuatro horas, siempre bajo supervisión constante.

La disposición fue emitida el 2 de octubre por el Juzgado de Ejecución Penal, liderado por la magistrada María Itatí Zudaire Carricaburu, contando con el visto bueno del Ministerio Público Fiscal.

La novedad generó profundo malestar entre los seres queridos de la víctima, quienes hicieron circular imágenes de Pérez fuera del recinto. Ante las repercusiones, los tribunales emitieron un comunicado aclarando los motivos del fallo y los protocolos de seguridad dispuestos.

El homicidio y la condena

Pérez tenía 17 años al momento del hecho, perpetrado en junio de 2017. Carla falleció el día 29 de ese mes tras agonizar por los severos traumatismos sufridos a manos de quien era su compañero sentimental.

El joven, practicante de disciplinas de contacto como boxeo y kickboxing, agredió brutalmente a la mujer en su domicilio compartido en La Toma. La víctima, madre de un niño, logró pedir auxilio tras recibir impactos en el cráneo, pero a pesar de los esfuerzos médicos en San Luis, no sobrevivió.

En septiembre de 2019, la Cámara Penal Nº 2 lo halló autor del homicidio agravado por el vínculo y por violencia de género. Dada su minoría de edad al momento del ilícito, la sentencia quedó en manos del fuero de Familia, que en agosto de 2021 fijó un castigo de 20 años de cárcel.

El entorno de la joven había manifestado su preocupación ante el posible otorgamiento de este beneficio meses atrás. En octubre de 2024, Claudine Pereira, hermana de Carla, denunció públicamente el riesgo y alegó haber recibido intimidaciones.

Condiciones de la medida

El régimen aprobado estipula que el recluso puede salir una vez al mes por un máximo de cuatro horas. Durante esos traslados, debe permanecer vigilado por agentes del servicio penitenciario sin posibilidad de circular libremente por sitios no autorizados.

Es importante señalar que esta resolución no significa la libertad condicional ni altera la duración total de la pena impuesta. El Juzgado de Ejecución Penal remarcó que se trata de un esquema progresivo supeditado a evaluaciones constantes.

Justificación del Poder Judicial

La decisión se basó principalmente en peritajes realizados por el Cuerpo Profesional Forense. Los especialistas evaluaron el grado de arrepentimiento, la toma de conciencia sobre el daño infligido y el perfil de riesgo del condenado.

Los peritos concluyeron que los impulsos violentos vinculados al femicidio han disminuido, recomendando la incorporación al esquema de salidas bajo la condición de sostener un tratamiento psicológico permanente.

Dicho dictamen fue respaldado por el Consejo Correccional y el Servicio Penitenciario Provincial. El Juzgado fundamentó su fallo en la Ley Nacional Nº 24.660, subrayando que su labor es asegurar que el cumplimiento de la condena respete las normas constitucionales sin omitir las leyes vigentes. Asimismo, la autoridad judicial aclaró que este paso no resta gravedad al delito ni ignora los derechos de la víctima, sino que sigue el curso legal de la ejecución penal.

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