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San Luis

Ocho años de cárcel para un ex guardiacárcel por crear y almacenar contenido de abuso sexual infantil

El imputado admitió su culpabilidad en el marco de un juicio abreviado tras haber sido descubierto con material ilícito que involucraba a menores de su círculo familiar. La causa se originó en octubre de 2025 cuando se hallaron dispositivos electrónicos dentro de un centro penitenciario puntano.

Por Redacción
La audiencia en la Justicia.
La audiencia en la Justicia.

Un ex funcionario del Servicio Penitenciario Provincial recibió una pena de ocho años de cumplimiento efectivo por la producción y posesión de pornografía infantil, sumado a cargos por abuso sexual contra una niña menor de 13 años. El veredicto fue resultado de un proceso abreviado donde el encartado confesó su responsabilidad y aceptó la carátula y el castigo pactado con la fiscalía.

El convenio fue presentado por la fiscal adjunta de Género Nº 2, Mercedes García, y avalado por el juez de Garantía Nº 3, Marcos Flores Leyes, quien oficializó la resolución.

Los hechos afectaron a niñas vinculadas directamente al condenado, cuya identidad se preserva para proteger su intimidad. El análisis forense de los equipos incautados permitió localizar grabaciones y fotos, logrando identificar a dos de las menores afectadas. Un segmento del material audiovisual sirvió, además, como prueba para confirmar un acto de abuso sexual simple cometido contra una de las víctimas antes de que cumpliera los 13 años.

La condena abarca los delitos de producción y tenencia de archivos de menores de 18 años en contextos sexuales explícitos —con el agravante de que las víctimas tenían menos de 13 años— y el abuso sexual simple, todo en concurso real.

El inicio de las actuaciones se remonta al 22 de octubre de 2025, momento en que el segundo al mando del Servicio Penitenciario reportó el hallazgo de dos soportes digitales en la zona de cocheras del Complejo Penitenciario Nº 1, situado en San Luis.

Aunque inicialmente se investigó una posible falla en la seguridad informática de la cárcel, las pericias del Departamento de Investigaciones de Delitos Complejos confirmaron la existencia de material pedopornográfico.

En la audiencia, la fiscalía detalló que los registros mostraban a niñas de menos de 13 años mientras dormían o se higienizaban, además de imágenes donde el imputado aparecía realizando maniobras sexuales. Se sospecha que parte de la evidencia fue captada mediante cámaras ocultas instaladas en un domicilio.

A raíz de estos hallazgos, las fuerzas de seguridad identificaron al autor y efectuaron registros domiciliarios donde confiscaron más dispositivos. El dictamen final, entregado el 23 de junio pasado, contabilizó 1.298 fotografías y 19 videos con registros que datan desde el año 2019.

La confirmación de la identidad de las víctimas se logró mediante ruedas de reconocimiento y la intervención de sus familiares, ratificando que dos de las menores eran parientes cercanas del atacante.

La fiscal García subrayó que uno de los archivos permitió certificar el abuso sexual simple perpetrado contra una de las niñas cuando era menor de 13 años. Entre el material probatorio se destacan las actas de incautación, los resultados de los peritajes tecnológicos, las entrevistas a los involucrados y los registros audiovisuales.

Durante el juicio, el acusado reconoció los cargos y su participación, aceptando la pena de ocho años de prisión. Sus abogados, Hugo Scarzo y Gabriel Varela, ratificaron el acuerdo y confirmaron que su cliente comprendía las implicancias del proceso.

La representante de la Defensoría de Niñez y Adolescencia, Belén Suárez, informó que en septiembre de 2026 se entrevistó con los progenitores de las víctimas para explicarles los pormenores del juicio abreviado. Tras obtener su consentimiento, el organismo adhirió a la postura del Ministerio Público Fiscal.

Al argumentar la sentencia, la fiscal García destacó la vulneración del vínculo familiar y la convivencia, la jerarquía que el condenado tenía sobre las víctimas, su capacidad de manipulación y el aprovechamiento de los conocimientos técnicos que poseía por su rol en el sistema penitenciario.

El juez Marcos Flores Leyes concluyó que la culpabilidad del procesado estaba debidamente sustentada por el plexo probatorio y la admisión del propio imputado. Tras verificar que tanto la defensa como la Defensoría de Niñez avalaron el procedimiento, el magistrado consideró que la sanción establecida era acorde a derecho, razonable y proporcional al daño causado.

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