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San Luis

Recibió una sentencia de tres años de prisión condicional tras secuestrar y agredir a su ex novia

El suceso tuvo lugar en San Luis durante el año 2018. Tras admitir su responsabilidad en un proceso abreviado, Sergio Dante Lozano evitó la cárcel bajo el cumplimiento de estrictas pautas de conducta.

Por Redacción
La audiencia de juicio abreviado.
La audiencia de juicio abreviado.

La justicia sentenció a Sergio Dante Lozano a una pena de tres años de ejecución condicional al hallarlo culpable de maltratar físicamente y retener contra su voluntad a quien fuera su pareja, manteniéndola cautiva por un tiempo prolongado en un hogar de la capital puntana. El fallo fue dictado por la magistrada Yanina Del Viso, quien validó el acuerdo de juicio abreviado donde el imputado admitió su culpabilidad y aceptó la sanción pactada entre el Ministerio Público y su defensa.

Los eventos se desarrollaron entre el 2 y el 3 de enero de 2018. De acuerdo con lo reconstruido por la fiscal de Género N° 2, Antonella Córdoba, Lozano interceptó a la mujer cerca de las avenidas Riobamba y Centenario, obligándola bajo amenazas de violencia física a dirigirse con él a su domicilio particular.

Al llegar al inmueble, el agresor le confiscó el teléfono celular y comenzó a golpearla con sus puños en la cabeza, además de propinarle bastonazos con el palo de una escoba en las extremidades. Asimismo, le restringió la posibilidad de abandonar el lugar por varias horas.

Cerca de las 5:00 del 3 de enero, los residentes de la zona alertaron a los agentes de seguridad al escuchar ruidos compatibles con una pelea. Al arribar al sitio, los uniformados hallaron a la mujer solicitando ayuda, visiblemente afectada por lesiones físicas y un estado de alteración emocional.

Lozano intentó huir y enfrentó a los agentes con golpes y patadas antes de ser finalmente inmovilizado por la autoridad.

El expediente judicial sumó como elementos probatorios la acusación formal de la damnificada, certificaciones médicas de las heridas, los procedimientos policiales y el testimonio tanto de los efectivos como de los vecinos que presenciaron el hecho.

La damnificada dio su visto bueno al proceso abreviado

La representante del Ministerio Público, Córdoba, aclaró que el 17 de octubre dialogó con la víctima sobre las implicancias de esta modalidad procesal y la condena establecida. La mujer prestó su consentimiento para finalizar el litigio bajo esta vía.

La fiscal destacó que no se registraron nuevas agresiones por parte de Lozano tras el incidente. Ambos comparten hijos en común, aunque en el presente llevan vidas independientes.

Asimismo, la Fiscalía aportó un estudio de riesgo fechado el 16 de octubre, el cual examinó el contexto actual de la víctima y los factores que inciden en las conductas violentas, identificando la influencia del consumo de estupefacientes en el comportamiento del condenado.

Basándose en ello, la fiscal solicitó tres años de prisión en suspenso por los cargos de privación ilegítima de la libertad agravada por el ejercicio de la fuerza y resistencia a la autoridad, bajo concurso real.

La resolución judicial y sus disposiciones

La defensora pública, Adriana Gargiulo, avaló el acuerdo alcanzado. Lozano reconoció los hechos, la figura penal imputada y la condena, señalando además que se encuentra cumpliendo con un tratamiento psicológico ambulatorio para el cual pidió una licencia laboral.

La jueza Del Viso revisó lo presentado y procedió a la homologación del acuerdo abreviado.

Además de los tres años de pena en suspenso, se le dictaron normas de comportamiento por un lapso de dos años, que incluyen: fijar un domicilio y avisar cualquier modificación, mantener su asistencia al tratamiento terapéutico y la prohibición absoluta de ingerir bebidas alcohólicas.

Por lo tanto, Lozano no irá a prisión de forma inmediata, siempre y cuando observe rigurosamente las reglas impuestas por el tribunal y los requisitos legales correspondientes durante el tiempo determinado.

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