El Juzgado Federal de La Pampa emitió una medida precautoria que exige el cese inmediato de los efectos de los apartados 3 y 4 del Decreto 982/2026, promulgado por el jefe de Estado, Javier Milei. Dicha disposición del Gobierno nacional había concedido a Mendoza la potestad exclusiva sobre la totalidad de los beneficios económicos del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles, localizado en la cuenca del río Atuel.
Gracias al dictamen del magistrado Juan José Baric, La Pampa conservará la percepción del 50% de las regalías correspondientes al 12% que, desde 1973, se dividen equitativamente entre ambos distritos por el carácter interprovincial del curso de agua. La acción legal había sido iniciada el lunes pasado por el mandatario provincial Sergio Ziliotto.
Desde el territorio mendocino, catalogaron el fallo como una resolución "provisoria" y "atípica", tal como consignó Clarín. Jimena Latorre, ministra de Energía y Ambiente de Mendoza, subrayó que la determinación carece de alcance obligatorio para su provincia, dado que fue dictada sin previa notificación y sin permitirles intervenir en el proceso.
El litigio por la normativa y la disputa del río Atuel














