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Rebajan la sentencia impuesta al ex esposo de Julieta Prandi tras la apelación

Aunque se ratificó la culpabilidad de Claudio Contardi por los delitos juzgados en agosto de 2025, la justicia provincial decidió disminuir el tiempo de reclusión tras revisar un recurso legal.

Por Redacción
Claudio Contardi, el ex marido de Julieta Prandi.
Claudio Contardi, el ex marido de Julieta Prandi.

La Sala Quinta de Casación penal de la provincia de Buenos Aires ratificó el fallo condenatorio contra Claudio Contardi, quien había sido sentenciado en agosto de 2025 por violencia de género y abuso sexual agravado en perjuicio de su ex pareja, la modelo Julieta Prandi, aunque ajustó el periodo de encierro.

Los magistrados María Florencia Budiño y Manuel Alberto Bouchoux atendieron el pedido del abogado defensor, Fernando Ezequiel Sicilia, validando la responsabilidad del acusado pero eliminando una de las circunstancias agravantes aplicadas inicialmente.

Claudio Contardi y Julieta Prandi. (Foto NA)

Dentro del fallo de 56 fojas, los jueces resolvieron retirar la agravante ligada a la conducta del procesado tras el suceso y sus rasgos personales. En consecuencia, la condena de 19 años dictada previamente por el Tribunal de Campana fue modificada a 18 años y medio de cárcel.

Bouchoux y Budiño respondieron a los planteos de irregularidades efectuados por Sicilia, aclarando, entre otros puntos, que Contardi había consentido voluntariamente ser sometido a un tribunal técnico en vez de un jurado ciudadano.

En cuanto a la estrategia legal previa, ejercida por Claudio Nitzcaner, los magistrados destacaron que el imputado estuvo al tanto de los cargos, contó con herramientas para defenderse y que no se vulneró el principio de congruencia.

Asimismo, el documento judicial validó el testimonio brindado por Prandi, el cual fue avalado por los aportes de amigos, parientes, colegas laborales y expertos en el área de salud. De este modo, se ratificó la existencia de un entorno de maltrato sistemático que incluía abusos físicos, sexuales, económicos y psicológicos durante el vínculo.

En conclusión, el tribunal mantuvo firme la calificación legal, la medida de detención y la condena, con el único cambio de reducir medio año el total de la pena original. (NA)

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