Saltar al contenido
La Voz de Cuyo main
Estamos haciendo - Viviendas
Nacional

El Poder Ejecutivo presentó una ley para castigar con mayor severidad la extracción de recursos en Malvinas

El proyecto oficial busca intensificar las penalidades por aprovechar los recursos naturales en el archipiélago sin aval nacional, estipulando condenas privativas de libertad que llegan a los dos decenios.

Por Redacción
El Gobierno nacional endureció su posición sobre la explotación de recursos en las Islas Malvinas.
El Gobierno nacional endureció su posición sobre la explotación de recursos en las Islas Malvinas.

La administración nacional presentó ante el Parlamento el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, el cual introduce castigos más estrictos para individuos y corporaciones que extraigan recursos naturales en las Islas Malvinas sin el permiso de la Argentina.

La propuesta fue girada a la Cámara de Diputados y abarca un marco sancionatorio aplicable a la explotación de recursos tanto renovables como no renovables en la zona de las Malvinas, las Georgias del Sur, las Sandwich del Sur y sus respectivos espacios insulares y marítimos adyacentes.

El documento cuenta con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y los ministros Carlos Presti, Luis Caputo y Pablo Quirno. La propuesta busca modificar la normativa vigente desde 2011, la cual se limitaba al sector hidrocarburífero, para extender su jurisdicción a diversas modalidades de uso de los recursos naturales.

Las firmas o individuos que incurran en estas prácticas prohibidas se exponen a sanciones monetarias que oscilan entre el valor de 4 mil y 500 mil barriles de crudo, sumado a la posibilidad de que sus autorizaciones sean canceladas o suspendidas.

El articulado también estipula inhabilitaciones de cinco a 20 años y endurece el castigo cuando se trate de tareas vinculadas a la exploración o explotación de recursos no renovables.

En dichas situaciones, los años de cárcel estipulados van de 12 a 20 años. Para las actividades de almacenamiento, transporte o extracción de hidrocarburos efectuadas sin permiso argentino, las penas de prisión oscilan entre 15 y 20 años.

Asimismo, las multas podrían llegar al valor de tres millones de barriles de petróleo, incluyendo también a aquellos proveedores que provean insumos o servicios fundamentales sabiendo cuál es el destino de los mismos.

Aquellos proveedores que formen parte de estas operaciones podrían recibir penas de cinco a siete años de prisión. Por su parte, las entidades comerciales enfrentarían limitaciones para licitar o trabajar con el Estado nacional.

Entre los castigos posibles se menciona la quita de licencias, la interrupción de las labores por un plazo de hasta 30 años y, en situaciones puntuales, la liquidación o disolución total de la compañía infractora.

Toda empresa inhabilitada verá restringida su capacidad para realizar operaciones comerciales en el territorio nacional durante el tiempo que dure la pena, perdiendo además incentivos impositivos, beneficios previsionales y permisos especiales.

La normativa suma además un esquema de regularización y desistimiento destinado a quienes cesen en las actividades prohibidas y se ajusten a ciertos requisitos de inversión o condiciones financieras en territorio argentino.

Adicionalmente, se instituye un Sistema de Seguridad Nacional destinado a coordinar acciones en los campos diplomático, jurídico, económico, cibernético, de inteligencia, de defensa y de protección de infraestructura vital.

Dicha estructura estará supervisada por el Consejo de Seguridad Nacional, el cual será liderado por el Jefe de Estado e incluirá, entre otros, a los titulares de las carteras de Economía, Defensa y Relaciones Exteriores, además del jefe de Gabinete.

El articulado define, a su vez, protocolos de actuación ante aeronaves catalogadas como hostiles e incluye medidas de respuesta en áreas lacustres, fluviales y marítimas.

Sobre los buques, el texto contempla desde avisos y maniobras de bloqueo hasta disparos de advertencia o inutilización de la embarcación una vez que se hayan descartado métodos menos agresivos.

El hundimiento se considera una medida militar de carácter excepcional frente a naves hostiles y requerirá el aval del Presidente; no obstante, el proyecto veta expresamente el uso de esta táctica sobre barcos civiles como método policial o sancionatorio.

Tras el ingreso del texto al recinto de Diputados, se dará inicio a la instancia de diálogo parlamentario para tratar la normativa y establecer el calendario de las comisiones encargadas del análisis del proyecto. (NA)

Más noticias

Estamos haciendo -Salud