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San Luis

Sentencia condenatoria contra otros tres militares por el deceso del soldado Javier Bechis en una jornada de tiro

Carlos Lebrón, Sergio Winter Morán y Enrique Zárate fueron hallados responsables de homicidio culposo, sumándose estas penas a las ya dictadas para otros dos involucrados. El fiscal Cristian Rachid detalló cómo diversas fallas en la supervisión permitieron que un fusil municionado terminara en el sector donde ocurrió el fatídico incidente.

Por Redacción
Javier Bechis tenía 19 años.
Javier Bechis tenía 19 años.

Luego de transcurrir siete años desde el fallecimiento de José Javier Bechis en el marco de una práctica de tiro del Ejército realizada en Salinas del Bebedero, la Justicia Federal dictó sentencia contra los tres imputados que afrontaron el juicio oral por el suceso del 2 de septiembre de 2019.

El Tribunal Oral Federal de San Luis determinó, de manera unánime, la culpabilidad por homicidio culposo de Carlos Gustavo Lebrón, Sergio David Winter Morán y Enrique Martín Zárate, al considerar que su "negligencia e inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo" derivó en la muerte del aspirante a soldado voluntario, quien tenía 19 años. El fallo fue emitido por los jueces María Carolina Pereira, María Paula Marisi y Daniel Alejandro Doffo. Lebrón y Winter Morán fueron sentenciados a un año de prisión en suspenso, mientras que a Zárate se le impusieron dos años y 10 meses de prisión en suspenso, además de una inhabilitación especial de seis años para el uso de armas y la supervisión de actividades castrenses.

Estas resoluciones completan el proceso judicial respecto a los cinco militares que llegaron a juicio por este caso, sumándose a las penas de tres años de prisión en suspenso dictadas en mayo contra Elías Luciano Muñoz y Alejandro Agustín Díaz Garro mediante un procedimiento abreviado.

El fiscal federal Cristian Rachid, quien llevó adelante la investigación y la acusación, explicó a El Chorrillero que la responsabilidad penal no se limitó únicamente al joven de cuya arma salió el disparo. La causa distinguió entre la acción directa del aspirante Muñoz —por su manejo imprudente— y la omisión de los otros cuatro imputados, quienes no cumplieron sus funciones específicas en los distintos puestos de control.

El ejercicio contaba con unos 50 reclutas de entre 18 y 20 años con apenas tres semanas de entrenamiento previo, quienes utilizaban armas de guerra por primera vez. El circuito incluía áreas diferenciadas para disparos, asistencia técnica, entrega de municiones y limpieza de armas, donde debían existir responsables de hacer cumplir las normas de seguridad.

Muñoz tenía asignado un fusil FAL para efectuar seis disparos, pero solo realizó cinco. Debido a un error de manipulación, dejó un proyectil en la recámara. Según detalló Rachid, el joven atravesó tres instancias de control sin que nadie advirtiera que el arma seguía cargada. Al devolver los elementos, entregó menos vainas de las que le fueron suministradas, irregularidad que pasó inadvertida.

Fue en la etapa de mantenimiento cuando el aspirante accionó el gatillo. La bala impactó en el hombro de Bechis, causándole lesiones internas letales que provocaron su deceso mientras era trasladado a un centro médico. Las pericias descartaron fallas mecánicas en el arma.

La investigación original incluyó ocho sospechosos, aunque la Fiscalía elevó a juicio solo a cinco, tras determinar con precisión cuál de los cuatro suboficiales presentes en la línea de tiro era el responsable directo de supervisar a Muñoz en aquel momento.

En el acuerdo previo, el tribunal homologó las condenas de Muñoz —por imprudencia e inhabilitación por cinco años— y Díaz Garro —director de tiro condenado por negligencia e inhabilitación por seis años—. La sentencia reconoció las fallas organizativas y la escasa experiencia de los aspirantes como factores determinantes.

Durante el juicio ordinario que concluyó esta semana, Lebrón —revisión de armas— y Winter Morán —entrega de municiones— recibieron penas de un año en suspenso. El fiscal Rachid indicó que, tras conocer los fundamentos, evaluarán si las penas menores impuestas a estos dos últimos resultan suficientes en comparación con lo solicitado originalmente.

La causa contó con la participación de la querellante Gabriela Alejandra Flores, madre de la víctima, y una defensa técnica integrada por diversos abogados particulares. Además de la pena privativa de libertad, los condenados deberán cumplir reglas de conducta, incluyendo tareas comunitarias o capacitaciones. Tras quedar firme el fallo, el Tribunal notificará lo resuelto al Ejército Argentino.

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