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Anses: cómo gestionar el cobro de la asignación familiar por parte de abuelos a cargo de menores

El ente previsional cuenta con una herramienta para que los adultos mayores tramiten la titularidad del beneficio si son ellos quienes ejercen el cuidado directo de los niños.

Por Redacción
Muchos jubilados pueden cobrar asignaciones por sus nietos, pero deben hacer un trámite.
Muchos jubilados pueden cobrar asignaciones por sus nietos, pero deben hacer un trámite.

Aquellos jubilados que tengan bajo su responsabilidad a nietos o menores de edad, y que convivan con ellos ocupándose de sus necesidades diarias, tienen la posibilidad de gestionar el cambio de titularidad para percibir la asignación familiar.

Este trámite se gestiona mediante la "Adenda 63", un recurso diseñado para ajustar quién recibe el pago cuando la persona que figura originalmente como titular no es quien ejerce la crianza del menor en la actualidad.

Dicho esquema permite transferir el derecho de cobro a la persona, familiar o referente afectivo, que reside con el menor y se encarga de proveer su sustento económico.

Por lo tanto, si un jubilado acredita que su nieto vive bajo su cuidado y manutención, puede pedir que el beneficio se liquide a su nombre, cumpliendo con los estándares exigidos para el proceso.

Es importante aclarar que la naturaleza del beneficio asignado al menor no se altera; lo que se modifica es quién está facultado para retirar el dinero, basándose exclusivamente en quién realiza la tarea de cuidado cotidiano.

Quiénes pueden solicitar el cambio de titularidad

Este procedimiento no está limitado solo a los abuelos, sino que también pueden acceder tíos, hermanos mayores de edad y adultos que actúen como referentes afectivos, siempre que logren comprobar el vínculo de cuidado.

Asimismo, la gestión está abierta para padres que no sean los titulares del cobro, especialmente en contextos marcados por el abandono, la violencia u otras circunstancias que precisen la actuación de entidades de protección infantil.

Tras obtener la aprobación, el nuevo perceptor recibirá los fondos mensualmente conforme a la escala de ingresos del SUAF, sin sufrir descuentos.

Qué documentación se necesita para hacer el trámite

Para avanzar con la solicitud, es obligatorio presentar los documentos nacionales de identidad (original y copia) tanto del adulto como del menor, junto con el acta de nacimiento actualizada.

Los abuelos que tengan nietos a su cargo pueden solicitar cobrar la asignación.

Del mismo modo, es fundamental adjuntar pruebas que ratifiquen la convivencia, tales como informes sociales, certificados médicos o registros escolares que avalen la realidad familiar del menor.

Dentro de los recaudos, puede ser necesario adjuntar un informe técnico emitido por organismos especializados, tales como las reparticiones provinciales de niñez o la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).

Una vez recopilados los papeles, los profesionales competentes arman el expediente y lo derivan a la Anses, donde se analizará el caso para decidir si se otorga la titularidad a quien realmente tiene al menor a su cargo.

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