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Ratificaron la continuidad de la prisión preventiva para Anabela Lucero

Tras el pedido de revisión presentado por la defensa, el Tribunal confirmó que la ex legisladora seguirá privada de su libertad por un mes más en el penal provincial.

Por Redacción
Anabela Lucero junto al ex gobernador Alberto Rodríguez Saá y el ex ministro, Alberto Rodríguez Saá.
Anabela Lucero junto al ex gobernador Alberto Rodríguez Saá y el ex ministro, Alberto Rodríguez Saá.

Los magistrados Marcelo Bustamente Marone, Hernán Herrera y Cintia Martín determinaron la continuidad de la medida cautelar que pesa sobre la ex diputada Anabela Lucero, su hermano Enzo Lucero y su cuñado Exequiel Scarel. Los tres se encuentran recluidos en el Servicio Penitenciario Provincial desde el 24 de agosto. La decisión fue comunicada al finalizar el miércoles, luego de una audiencia virtual de más de tres horas en la que los abogados defensores buscaron revertir la situación y solicitaron la excarcelación de los imputados.

Los acusados enfrentan cargos por delitos contra la administración pública cometidos durante la gestión de Alberto Rodríguez Saá en el Molino Fénix y la Casa de la Música. Según el Ministerio Público Fiscal, habrían desviado recursos estatales para fines personales y de terceros, bajo las carátulas de asociación ilícita, administración fraudulenta, ocultamiento y destrucción de pruebas.

Para el tribunal, la decisión se ajusta a derecho debido a la persistencia de riesgos objetivos de entorpecimiento en el proceso. Se determinó que ni la libertad bajo restricciones ni el arresto domiciliario resultan aptos para salvaguardar la integridad de la investigación, catalogando la prisión preventiva como la única vía para evitar la alteración del proceso penal.

El peligro de interferencia se fundamenta en tres ejes: la destrucción previa de evidencias —como el borrado remoto de teléfonos, la eliminación de registros de videovigilancia y la desaparición de documentación contable e institucional—; la necesidad de realizar pericias informáticas; y la protección de testigos clave, incluidos ciudadanos vulnerables que habrían sido utilizados como testaferros sin su consentimiento.

Asimismo, se enfatizó que la investigación se encuentra en su etapa final. Ante la inminencia de la acusación, la elevación a juicio y la expectativa de una pena de cumplimiento efectivo, el riesgo de que los acusados intenten obstruir la justicia se incrementa.

El fallo también analizó la situación individual. Sobre Anabela Lucero pesa la acusación de ser organizadora, con capacidad de influir sobre empleados y contratistas dada su trayectoria política. En cuanto a Enzo Lucero, se lo vincula estrechamente con la gestión financiera y las estructuras societarias investigadas. Por su parte, Exequiel Scarel es señalado por su manejo técnico de credenciales y contraseñas, lo que supone un riesgo de manipulación de evidencia digital.

El Tribunal desestimó las alternativas planteadas por la defensa —como la prohibición de salir de la provincia, cauciones reales o el uso de tobilleras electrónicas—, argumentando que ninguna garantiza la interrupción de las comunicaciones ni el acceso remoto a archivos. En el caso específico de la prisión domiciliaria, los jueces concluyeron que, aunque el dispositivo electrónico controle el movimiento físico, es insuficiente para evitar la obstrucción de la prueba digital.

Finalmente, los magistrados consideraron que los ofrecimientos económicos, compuestos por tres vehículos de los imputados valuados entre 15 y 40 millones de pesos, tampoco alcanzan para mitigar los peligros procesales identificados.

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