El máximo órgano judicial del país anuló la resolución que favorecía a César Santos del Corazón de Jesús Milani, antiguo titular de las fuerzas armadas, en el expediente judicial por la desaparición del soldado Agapito Ledo ocurrida en 1976.
A través de una decisión mayoritaria que incluyó la participación de magistrados suplentes, la Corte validó los planteos realizados por la Procuración General, los cuales cuestionaban que la sentencia absolutoria basada en la duda se apoyara en un examen correcto de los elementos probatorios presentados en etapas previas.
Este dictamen fue refrendado por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti junto al conjuez Juan Ignacio Pérez Curci, quienes respaldaron los argumentos expresados por el procurador general interino, Eduardo Casal.
Desde la Procuración se advirtió que tanto los magistrados del tribunal oral como los integrantes de la Cámara Federal de Casación Penal dejaron de lado pruebas fundamentales al dictaminar que Milani no conocía ni poseía indicios de que Ledo hubiera sido perjudicado por una acción delictiva en lugar de haber desertado.
Asimismo, se enfatizó que se desatendió el hecho de que Milani posiblemente brindó información falsa al afirmar que el soldado se había marchado llevando consigo sus efectos personales.














